La Mesa de Contratación se un órgano de asistencia técnica especializada y está regulado en Ley 9/2017, de 8 de noviembre de Contratos del Sector Público, por la cual se trasladan al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/EU y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
La Mesa de Contratación es el órgano competente para a la valoración de ofertas contractuales. Se regula en el artículo 320 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, desarrollado por los artículos 21 y 22 del Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, de desarrollo parcial de la Ley 30/2077, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
La Mesa de Contratación es el órgano competente para a la valoración de ofertas contractuales. Se regula en el artículo 320 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, desarrollado por los artículos 21 y 22 del Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, de desarrollo parcial de la Ley 30/2077, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
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