La Mesa de Contratación es el órgano competente para a la valoración de ofertas contractuales. Se regula en el artículo 320 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, desarrollado por los artículos 21 y 22 del Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, de desarrollo parcial de la Ley 30/2077, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
La Mesa de Contratación es el órgano competente para a la valoración de ofertas contractuales. Se regula en el artículo 320 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, desarrollado por los artículos 21 y 22 del Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, de desarrollo parcial de la Ley 30/2077, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.