Objeto: informar que la edificación, instalación u obras reflejadas en el escrito presentado no tienen expediente de protección de la legalidad urbanística de infracción urbanística ni expediente sancionador, por obras sin licencia municipal.
Objeto: facilitar al ciudadano la documentación cartográfica municipal tanto en formato papel como en digital.
Objeto: la informacion sobre el estado de pago de cuotas de urbanizacion en la reparcelacion
Objeto: solicitar al Ayuntamiento informe sobre inclusion parcela en ambito de gestion y/o el estado de tramitación del expediente.
Objeto: facilitar al ciudadano la consulta del proyecto técnico obrante en el expediente tramitado y terminado su procedimiento
Objeto: Procedimiento por el cual el interesado comunica al Ayuntamiento el inicio de las obras mediante Declaración Responsable, adjuntando la documentación necesaria. Están sujetas a declaración responsable, en los términos del artículo 241 Decreto Legislativo 1/2021, de 18 de junio, del Consell de aprobación del texto refundido de la Ley de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje, (TRLOTUP), las obras que se recogen en su artículo 233.1 (ver Anexo Listado de obras...). NO SE INCLUYEN LAS OBRAS PARA HABILITACIONES DE LOCALES DE ESPECTACULOS PÚBLICOS, ACTIVIDADES RECREATIVAS Y ESTABLECIMIENTOS PUBLICOS QUE SE SOLICITARAN A TRAVÉS DEL TRÁMITE URBA-126.
Objeto: Procedimiento por el cual el interesado comunica al Ayuntamiento el inicio de las obras mediante Declaración Responsable, adjuntando la documentación necesaria. Están sujetas a declaración responsable, en los términos del artículo 241 del Decreto Legislativo 1/2021, de 18 de junio, del Consell de aprobación del texto refundido de la Ley de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje, (TRLOTUP), y acompañadas de una certificación emitida por un organismo de certificación administrativa o un colegio profesional, las obras que se recogen en su artículo 233.2 (ver Anexo Listado de obras). Alternativamente a la declaración responsable el interesado puede optar por solicitar la licencia urbanística correspondiente según el listado “Anexo al modelo URBA-102, 102bis, 115” NO SE INCLUYEN LAS OBRAS PARA HABILITACIONES DE LOCALES DE ESPECTACULOS PÚBLICOS, ACTIVIDADES RECREATIVAS Y ESTABLECIMIENTOS PUBLICOS QUE SE SOLICITARAN A TRAVÉS DEL TRÁMITE URBA-126.
Objeto: Procedimiento por el cual el interesado comunica (una vez obtenida la licencia ambiental y finalizada, en su caso, la construcción de las instalaciones y obras) el inicio de la actividad, adjuntando la documentación necesaria indicada en el Decreto de concesión de la Licencia Ambiental. Transcurrido el plazo de un mes sin que se efectúe visita de comprobación por el Ayuntamiento, podrá iniciarse el ejercicio de la actividad.
Objeto: Procedimiento por el cual el nuevo titular comunica al Ayuntamiento la transmisión de la instalación o actividad amparada por la correspondiente licencia de apertura en el plazo máximo de un mes desde que se hubiera formalizado la transmisión. Acompañando título o documento admisible en derecho que la acredite. Mismo caso para los establecimientos de espectáculos públicos.
Objeto: Procedimiento por el cual el interesado comunica al Ayuntamiento que la vivienda existente cumple con la normativa de aplicación en función del uso y características del edificio.
Objeto: Procedimiento por el cual el interesado comunica al Ayuntamiento el inicio de las obras para la instalación de tendidos eléctricos, telefónicos, colocación de antenas o dispositivos de comunicación de cualquier clase, la puesta en servicio de centros de transformación de energía de media tensión, mediante Declaración Responsable, ajustándose a la Ordenanza Municipal y adjuntando la documentación necesaria.
Objeto: Procedimiento por el cual el interesado solicita al Ayuntamiento: - Licencia de parcelación de terrenos, procedimiento por el cual el interesado solicta al Ayuntamiento la división de una parcela en dos o más parcelas, adjuntando la documentación necesaria. - Autorización administrativa para la división o separación de fincas registrales (locales,.... etc) integrantes de un edificio en régimen de propiedad horizontal.
Objeto: Procedimiento por el cual el interesado solicita al Ayuntamiento la autorización para la realización de movimientos de tierras como desmontes, explanaciones, abancalamientos que excedan de la práctica ordinaria de labores agrícolas con finalidad agraria, en suelo no urbanizable, adjuntando la documentación necesaria.
Objeto: fijar la alineación y la rasante de la calle en la parte colindante con el solar.
Objeto: solicitar autorización para la tala de arbolado en una parcela privada.
Objeto: Están sujetos a licencia urbanística, sin perjuicio de las otras autorizaciones que sean procedentes conformemente a la legislación aplicable, los actos de uso, transformación y edificación del suelo, subsuelo y vuelo recogidos en el artículo 232 y para las obras que se enumeran en el artículo 233.2 se podrá presentar alternativa a la licencia de obras una declaración responsable acompañada de certificado emitido por entidades colaboradoras de la Administración municipal en la verificación de las actuaciones urbanísticas (ECUV) del Decreto Legislativo 1/2021, de 18 de junio, del Consell de aprobación del texto refundido de la Ley de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje (ver Anexo Listado de obras...).
Objeto: ceder el suelo destinado a viales o zonas verdes fijadas en el planeamiento municipal.
Objeto: trasladar la reserva de plazas de aparcamiento preceptivas de un edificio a otro.
Objeto: solicitar licencia para realizar demoliciones. Se podrá presentar alternativa a la licencia una declaración responsable acompañada de certificado emitido por entidades colaboradoras de la Administración municipal en la verificación de las actuaciones urbanísticas (ECUV) según el Decreto Legislativo 1/2021, de 18 de junio, del Consell, de aprobación del texto refundido refundido TRLOTUP (ver Anexo Listado de obras...).
Objeto: obtener la resolución escrita a través de la cual se autoriza la explotación y las obras necesarias de la totalidad o parte de una instalación o establecimiento incluido en el Anexo II de la Ley 6/2014, de 25 de julio, de la Generalitat. La licencia podrá ser válida para una o más instalaciones o partes de instalaciones que tengan la misma ubicación.
Objeto: aceptar el cambio de solicitante en expediente en trámite.
Objeto: El objeto es modificar una licencia de obras concedida antes de la conclusión de las obras y por tanto no haber obtenido la licencia municipal de 1ª ocupación.
Objeto: El objeto es la obtención de la licencia de apertura mediante declaración responsable, de locales que se dediquen a Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas, Actividades Socioculturales y Establecimientos Públicos según catálogo de la Ley 14/2010.
Objeto: Precisarán de declaración responsable ante el ayuntamiento correspondiente las actividades recreativas, actividades socioculturales o espectáculos públicos que, por su naturaleza, requieran la utilización de instalaciones o estructuras eventuales, portátiles o desmontables de carácter no permanente. Asimismo, precisarán de dicha declaración, los espectáculos y actividades que con carácter temporal pretendan desarrollarse en instalaciones portátiles o desmontables.
Objeto: Procedimiento por el cual el interesado solicita al ayuntamiento licencia de obras y uso en el suelo no urbanizable para las edificaciones, construcciones e instalaciones necesarias para la actividad agropecuaria y forestal y sus correspondientes actividades complementarias de acuerdo con la legislación agropecuaria, adecuadas para el uso correspondiente relacionado con la explotación para la que se solicita autorización. También se admitirá, con las mismas exigencias, el uso e instalaciones necesarias para la cría particular o comercial de animales, incluidos los de compañía, siempre que se ajusten a la normativa sectorial aplicable. Estas edificaciones en ningún caso podrán albergar cocinas, baños o dormitorios y en general los servicios destinados a realizar usos residenciales o lúdicos en los mismos.
Objeto: Procedimiento por el cual el interesado solicita licencia de obras para el vallado de una parcela, adjuntando la documentación necesaria. Se podrá presentar alternativa a la licencia una declaración responsable acompañada de certificado emitido por entidades colaboradoras de la Administración municipal en la verificación de las actuaciones urbanísticas (ECUV) según el artículo 233.2 del Decreto Legislativo 1/2021, de 18 de junio, del Consell de aprobación del texto refundido de la Ley de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje, (TRLOTUP), (ver Anexo Listado de obras...)
Objeto: Procedimiento por el cual el interesado solicita licencia de obras que afecta a dominio público como canalizaciones, instalaciones de tendidos eléctricos, telefónicos u otros similares y obras en vía pública, adjuntando la documentación necesaria. Se podrá presentar alternativa a la licencia una declaración responsable acompañada de certificado emitido por entidades colaboradoras de la Administración municipal en la verificación de las actuaciones urbanísticas (ECUV) según el Decreto Legislativo 1/2021, de 18 de junio, del Consell, de aprobación del texto refundido refundido TRLOTUP (ver Anexo Listado de obras...).
Objeto: Procedimiento por el cual el interesado solicita licencia de obras para la instalación de carteles y vallas publicitarias, según Ordenanza Municipal, adjuntando la documentación necesaria. Se podrá presentar alternativa a la licencia una declaración responsable acompañada de certificado emitido por entidades colaboradoras de la Administración municipal en la verificación de las actuaciones urbanísticas (ECUV) según el artículo 233.2 del Decreto Legislativo 1/2021, de 18 de junio, del Consell de aprobación del texto refundido de la Ley de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje, (TRLOTUP), (ver Anexo Listado de obras...).
Objeto: Procedimiento por el cual el interesado comunica al Ayuntamiento el inicio de las obras mediante Declaración Responsable para la colocación de instalaciones fotovoltaicas para autoconsumo, según la ordenanza municipal al respecto, adjuntando la documentación necesaria, en edificios existentes en suelo urbano o urbanizable y en edificios existentes que cuentan con licencia de obras en el caso de suelo no urbanizable.
Objeto: Procedimiento a través del cual el interesado, una vez concluida la construcción en una edificación de nueva planta, en edificación existente (ampliación, modificación, reforma o rehabilitación, cambio de uso), declara, bajo su responsabilidad que lo construido se ajusta a lo previsto en la legislación urbanística y en materia de ordenación y calidad de la edificación.
Objeto: A través de esta solicitud el Ayuntamiento expide Informe Urbanístico Municipal de actividad certificado por el Secretario de la Corporación en el cual se contendrá pronunciamiento expreso sobre la compatibilidad o incompatibilidad urbanística del proyecto con el planeamiento urbanístico. Trámite obligatorio para: Actuación Ambiental Integrada, Licencia Ambiental, la Declaración Responsable Ambiental y Comunicación Actividad Inócua, excepto aquellas actividades comerciales minoristas y la prestación de servicios incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 12/2012, de 26 de diciembre, de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios cuya superficie útil de exposición y venta sea menor de 750 m2 (consultar Anexo).
Objeto: Procedimiento por el cual el interesado presenta al Ayuntamiento, mediante una declaración responsable ambiental la apertura e inicio de la actividad que por sus características no estén incluidas, atendiendo a su escasa incidencia ambiental, ni en el régimen de Autorización Ambiental Integrada ni en el de Licencia Ambiental, y que no puedan considerarse inocuas por no cumplir alguna de las condiciones establecidas en el Anexo III de la ley 6/2014, de 25 de julio, de la Generalitat.
Objeto: Procedimiento por el cual el interesado comunica al Ayuntamiento, el inicio de una actividad sin incidencia ambiental en cuanto que cumple todas las condiciones establecidas en el Anexo III de la Ley 6/2014, de 25 de julio, de la Generalitat
Objeto: El objeto es comunicar la modificación de una actividad existente, una vez realizadas las obras, previa presentación de la correspondiente declaración responsable (URBA-102) o licencia de edificación (URBA-115).
Objeto: que el interesado puede obtener un Certificado de la administración, en que se acredite la conformidad de la instalación en lo dispuesto en la Ley 6/2014, de 25 de julio, de la Generalitat de Prevención, Calidad y Control Ambiental de Actividades.
Objeto: dar cumplimiento lo dispuesto en la Sección Primera sobre Licencias del Capítulo I del Título único del Libro III, del Decreto Legislativo 1/2021, de 18 de junio, del Consell de aprobación del texto refundido de la Ley de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje, (TRLOTUP).
Objeto: Los actos de intervención sobre edificios, inmuebles y ámbitos patrimoniales protegidos o catalogados (o en fase de catalogación) cualquiera que sea el alcance de la obra y para aquellos inmuebles considerados tradicionales cuando las obras excedan las necesarias para el mantenimiento y conservación.
Objeto: conseguir que todos los establecimientos que ejercitan una actividad se ajustan a la legalidad normativa vigente y disponen de las medidas correctoras necesarias para garantizar que su funcionamiento cumpla los requisitos previstos de seguridad, salubridad, protección medio ambiental, etc.
Objeto: que los propietarios de terrenos, construcciones y edificios, los mantengan en condiciones de seguridad, salubridad, ornamento público y decoro con la realización de los trabajos y obras necesarias para conservar o rehabilitar en ellas las condiciones imprescindibles de habitabilidad o uso efectivo.
Objeto: obtener la declaración de ruina de bienes inmuebles con deficiencias estructurales muy importantes y manifiestamente deteriorados y su valor de reconstrucción, reparación requerida y necesaria para volver la seguridad, estabilidad, estanquidad y consolidación estructural al inmueble o construcción, o para restaurar en ella, las condiciones mínimas que permitirán su uso efectivo, supera su límite del deber normal de conservación, exactamente supera el 50% del valor de la obra nueva. Se solicita la declaración de ruina para obtener autorización para derribar o rehabilitar.
Objeto: El objeto del trámite es la restauración de la legalidad urbanística alterada.
Objeto: que los solares o parcelas estén en condiciones de seguridad, salubridad, ornamento público y decoro con la realización de los trabajos y obras necesarias para conservar o rehabilitar en ellas las condiciones imprescindibles de uso efectivo.
Objeto: la concesión de ayudas económicas para la rehabilitación integral de inmuebles emplazados en entornos patrimoniales y con valor patrimonial, por el procedimiento de concurrencia competitiva
Objeto: solicitar al Ayuntamiento que adquiera parcelas de propiedad privada del solicitante que el planeamiento ha calificado como dotacional publico.
Objeto: solicitar una nueva division de fincas ajustada al planeamiento para adjudicarlas entre los afectados según su derecho.
Objeto: tramitar y, en su caso, aprobar los instrumentos de planeamiento, los cuales deben definir y remodelar volúmenes y alineaciones, para las áreas delimitadas o en supostos definidos por los otros planes.
Objeto: modificar, después de la correspondiente evaluación ambiental, y los trámites de información pública, consulta e informes, determinaciones puntuales de la ordenación estructural o detallada contenida al PGOU vigente.
Objeto: El objeto del procedimient consiste al comprobar si el documento de obra pública redactado cumple las condiciones formales para ser aprobado, y en su caso, ponerlo a disposición del órgano competente para su eventual aprobación y contratación
Objeto: El procedimiento consistirá en la emisión de los informes técnicos referentes a las obras públicas que se proyectan en Torrent por otros Administraciones Públicas y con el visto bueno del órgano de gobierno competente, su remisión a la Administración promotora con las alegaciones que correspondan
Objeto: la aprobación del Plan de Seguridad y Salud
Objeto: el estudio técnico de las solicitudes de ejecución de obras municipales a la vía pública formuladas por la ciudadanía. (excluyente la conservación y mantenimiento)
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