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Objeto:

Procedimiento por el cual el nuevo titular comunica al Ayuntamiento la transmisión de la instalación o actividad amparada por la correspondiente licencia de apertura en el plazo máximo de un mes desde que se hubiera formalizado la transmisión. Acompañando título o documento admisible en derecho que la acredite. Mismo caso para los establecimientos de espectáculos públicos.