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MEDIAPROP. Mediación y resolución de conflictos

Se trata de un servicio que gestiona el procedimiento en el que las partes en conflicto intentan voluntariamente alcanzar por sí mismas un acuerdo con la ayuda de un profesional en mediación, que no tiene funciones decisorias, sino que gestiona el procedimiento. Complementa al sistema judicial, en ningún caso su uso limita el derecho de acudir a la vía judicial. También es posible acudir a mediación suspendiendo la vía judicial ya iniciada.

 

¿Qué tipo de conflictos pueden resolverse mediante la mediación?

 

Pueden resolverse a través de la mediación todos aquellos conflictos que versen sobre cualquier materia de libre disposición y los relativos a materias sobre las que las personas acogidas a mediación puedan alcanzar acuerdos en virtud de la legislación que sea de aplicación, cuando la normativa estatal lo permita.

Ejemplos de materias en las que se acude a la mediación para resolver los conflictos surgidos como consecuencia de:

  • Divorcios
  • Impago de pensiones alimenticias
  • Impagos de hipotecas con posibilidad de desahucio
  • Divisiones de herencias
  • Comunidades de propietarios
  • Ejercicio de los derechos de la conciliación de la vida personal, familiar y laboral.
  • Delito de lesiones

 

¿Dónde?

 

En la oficina MEDIAPROP del municipio de Torrent, situada en el centro social Santo Domingo ubicado en la calle Santo Domingo 22 en horario de mañanas y en centro virgen del olivar, ubicado en la calle Virgen del Olivar 40.

 

¿Cuándo?

 

Lunes y viernes en horario de 09.00h a 15.00h en calle Santo Domingo, 22.

Lunes y viernes en horario de 15:30 a 18:30 en calle Virgen del Olivar, 40.

 

Se atenderá por orden de llegada en las dependencias indicadas en el horario establecido.

 

Teléfono: 961111865; correo benestar@torrent.es